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NotaPublicado: 07 Jun 2010, 09:23 
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Registrado: 04 Mar 2009, 13:40
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Ubicación: santisteban del puerto
:) :) ok, corregire mis faltas de escritura :D :D

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VIVE LIBRE O MUERE LUCHANDO


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NotaPublicado: 07 Jun 2010, 12:16 
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Registrado: 07 May 2010, 21:46
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Ubicación: linares baeza
es que en los foros hay que escribir de forma comprensible, que no cuesta nada. Hay que tener mas cuidado con la hortojrafia!!

saludines!

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De las únicas cosas que nos arrepentimos en la vida son de aquellas que no nos hemos atrevido a hacer...


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NotaPublicado: 29 Nov 2010, 19:39 
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Registrado: 29 Nov 2010, 19:30
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ola a todos
soy de La Carolina y me an dixo ciertas cosas sobre las réplicas, concretamente las electricas. ya os hice una pregunta sobre este tema y me las respondisteis claro, diciendome que ni son legales ni no los son al no tener un numero de serie. e ido a preguntar varias veces al cuartel, a guardias, gente relacionada con la ley me an dixo todos lo mismo k si ay una laguna muy garnde respecto a las electricas, otros me dicen que definitivamente k noson legales, y la ultima informacion kme an dao kreo k es la mas sensata, k ante la duda ellos se toman la ley por su cuanta y requisan las replicas ya no se si con sancion o no k si la hubiera seria entre 300 o 1000 eur.
es todo un saludo.
aki tnemos el mismo problema mucha aficion y todos o la mayoria somos menores de edad, tendremos k esperar XD


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NotaPublicado: 29 Nov 2010, 19:56 
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Registrado: 17 Nov 2008, 09:27
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Ubicación: Linares
Hola Totenkopf. todo lo que dices es cierto y ya lo hemos leído y oído más de una vez. Ahora mismo la situación del airsoft no esta contemplada y las autoridades pueden actuar como estimen oportuno. Lo que si es cierto es que no es lo mismo jugar de estrangis a jugar de la siguiente forma:
- Establecidos como club deportivo y asociación legalmete.
- Estar federados en la federación española de airsoft.
- Tener seguro de responsabilidad civil y accidentes.
- Jugar en un terreno privado y con un contrato con el dueño.
- tener el terreno bien señalizado y acotado.
- Haber presentado informes ante la guardia civil y Seprona, dándote a conocer y siendo transparentes en todo.
- tener toda esta documentación en la delegación de gobierno provincial.
- Contar con los permisos de los ayuntamientos donde juegas.

Esos son todos los requisitos que Airsoft Jaén se ha preocupado de ir cumpliendo durante este tiempo, evidentemente no es lo mismo todo lo que te he puesto a jugar en cualquier sitio de estrangis y encima ser menores de edad. Digamos que dentro de la alegalidad hay que hacer todo lo que te he dicho antes para legitimar tu actividad. Cuando seáis mayores de edad no dudéis en poneros en contacto con nosotros para asesoraros sobre todo esto, ya sabéis que estamos a vuestra disposición en este aspecto.

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NotaPublicado: 29 Nov 2010, 20:44 
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Registrado: 17 Nov 2008, 16:54
Mensajes: 924
Amen Titon.

Eso mismo le explico yo a todos los zagalones a través del tuenti del club :D Así como los casos en los que han pillado a menores, los paquetes que le han metido a sus padres, asi como el caso de tienda cerradas, etc... :lol:


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NotaPublicado: 30 Nov 2010, 08:47 
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Registrado: 11 Nov 2008, 18:01
Mensajes: 4738
Ubicación: Jaén
De hecho el mismo seprona nos dijo tras un encontronazo cerca del terreno, visitando sus oficinas con toda la documentación, que pensaban que eramos unos "flipados sin papeles que nos ibamos a dar tiritos al campo", cuando les presentamos toda a documetnación él mismo dijo "esta claro que no es asi, no os preocupeis".


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NotaPublicado: 27 Jun 2011, 11:25 
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Registrado: 18 Dic 2008, 14:50
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Hola compañeros.

Este es un viejo debate y con total respeto por las decisiones de cada Asociacion o Club Deportivo tome, habiendo pasado por todas las fases: jugar con menores, prohibir menores, tolerar menores, etc...... al final decidimos:

El Airsoft es un deporte abierto y como tal (asi se estipula en las actas fundacionales de la Junta de Andalucia) pueden practicarlo todos aquellos que esten capacitados para ello.
El Airsoft no se limita a tirar bolas desde una simuladora si no a recrear acciones y aptitudes reales de una unidad de combate, en ellas hay margen para que pesonas que quieran practicar este deporte (menores) que por ley no puedan portar simuladoras si puedan estar en las partidas haciendo otros roles de juego: Sanitarios, Artificieros, Radios, Enlaces, Lanzallamas, etc.......
Estos podrian portar JUGUETES (ya que por definicion "no simulan armas reales") tipo escopetas de muelle, pistolas de muelle o electricas de fabricacion plastica completa. Todos las conocemos y no parecen armas reales, se ve a la legua que son juguetes y como tales son vendidas y podrian usarse.
Tambien implica que las normas de seguridad se cumplan a rajatabla, pero como esto es comun a todos los jugadores no hay problema.
Los seguros de RC cubren a "TODOS los practicantes de este deporte", sin distincion de edad (al menos el que tenemos nosotros)....evidentemente sin hacer cosas prohibidas.
Otra cosa necesaria ya que es menor de edad, es una Autorizacion del Tutor legal, en la que se de conocimiento de este deporte, sus riesgos y sus responsabilidades.
Asi que en principio, no veo PARTICULARMENTE mayor problema en que los menores se involucren en estos roles y puedan compartir un buen dia de juego junto a los demas.
Un abrazo compañeros y si alguno quiere venir este Sabado de "Charlie", tenemos dos uniformes para poder dejaros (XL y L). ;)


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NotaPublicado: 27 Jun 2011, 14:19 
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Registrado: 11 Nov 2008, 18:01
Mensajes: 4738
Ubicación: Jaén
zapa siento discrepar en varias cosas.

- no creo que un seguro de RC cubra a todos los participantes de este "DEPORTE", pues el airsoft en si no es un deporte aunque la junta te permita registrarte como tal, ya que no tiene un reconocimiento como tal por el CSD (consejo superior de deportes), de hecho es la unica comunidad autonoma que lo permite y no te da amparo para ningun tema fuera de lo que supone tener una asociación.

- Se de seguros de accidentes que si que cubren a cualquier participante, pero dudo que como organización se pueda portar un seguro de responsabilidad que cubra a manores, (no digo que no exista, puede ser que lo hayais encontrado, yo no se de ello) ya que una acción que implique cobertura de responsabilidad civil implica que tenga que mediar denuncia, y en caso de ser el denunciado un menor no se le denuncia a él, si no a su tutor legal en todo caso, ya que el menor de edad no es responsable de sus actos juridicamente hablando, por tanto dudo que una compañia de seguros se quiera meter en este verengenal porque tiene las de perder.

Nuestra política se mantiene en el mismo sentido, que además el sentido del reglamento general de la Federación Española de Airsoft.

Citar:
Ser mayor de Edad y con capacidad jurídica para obrar, y no encontrarse inhabilitado para poder ejercer obligaciones y derechos propios. No se admiten bajo ningún concepto ni modalidad los menores de edad. La edad inicial para ser miembro de esta Federación Española de Airsoft, y poder participar en actividades lúdicodeportivas bajo su amparo será de 18 años cumplidos el día de su alta en los registros federativos correspondientes.


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NotaPublicado: 27 Jun 2011, 20:19 
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Registrado: 18 Dic 2008, 14:50
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Ya te enseñare el Seguro, en el no hay exclusion del asegurado por este motivo.
El Airsoft lo considera como una actividad al aire libre y como tal lo tenemos puesto en el seguro, inddependientemente de lo que diga la Junta de si si o no sea un deportye reconocido, como actividad ludica al aire libre es como lo reconoce el seguro. ;)

Por lo demas, cada uno es libre de poner los limites donde considere oportunos, la "Federacion Española de Airsoft" no existe como Federacion ya que como bien dices, esto no esta reconocido como deporte cosa insprescindible para hacer una Federacion, como Asociacion de Asociaciones podra poner las limitaciones que como los demas crea conveniente, mas no es vinculante con nadie ni con nada que practique este deporte o actividad......por ahora. :D
En fin, lo importante es respetar las ideas y condiciones de cada uno cosa que siempre hemos respetado pues aunque (como os comento) tenemos un menor cuyo tutor legal esta siempre en la partida con el, siempre se ha quedado en casa en partidas organizadas por quienes no admiten menores en ellas.
El respeto a los demas es lo que siempre debemos tener en cuenta.
Un abrazo amigos. :D ;)


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NotaPublicado: 28 Jun 2011, 09:30 
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Registrado: 11 Nov 2008, 18:01
Mensajes: 4738
Ubicación: Jaén
La verdad que si zapa, el respeto es la 1º premisa, efectivamente tu como asociación libre puedes hacer lo que quieras en tu evento o una partida organizada por ti, y nosotros debemos respetarlo efectivamente.

Lo que esta claro zapa esque nuestra ética nos impide amparar menores en nuestras actividades, asi como participar aquellas partidas que contengan menores de edad, mas allá del tema de seguros, prohibiciones, autoridades, etc etc etc, es una filosofía o una forma de pensar, y mientras que sepamos de que un avento ampara menores y su participación, tendremos que coartarnos de participar en ellos.

En cuanto a lo de que la federación, no sea una federación, te equivocas de plano, no es uan asociación de asociaciones, te lo explico a continuación:

Citar:
voy a resolver una duda, y es la de si la Federación Española de Airsoft, es una Federación.

Realmente no entiendo porque tantas dudas respecto a este punto, ya que si nos damos una vuelta por la web de la Federación Española de Airsoft, podremos encontrar en su portada, el siguiente texto.

«La Federación Española de Airsoft es una entidad legalmente inscrita en el Registro Nacional de Federaciones de España del Ministerio del Interior, con el Nº50778, siendo la única Federación Nacional de Asociaciones de Airsoft existente en el territorio nacional. »

Si recurrimos al enlace que se nos aporta, el del registro nacional, y en sección introducimos “Federaciones”, y número nacional, el 50778, podremos ver como efectivamente la Federación Española de Airsoft, aparece en dicho registro, siendo por tanto una Federación, con entidad de Federación Nacional, y no una asociación, que es una opción diferente del cuadro "sección".

Entre las dudas que se me han mencionado esta la siguiente, ¿por qué dicho registro se llama “Registro nacional de asociaciones”, en lugar de serlo "de federaciones"?, llevando esta duda al equivoco de considerar a la F.E.A una asociación de asociaciones.

Este registro se llama así por ser el registro que engloba a todas las personas jurídicas que se rigen por la ley 1/2002 de 22 de Marzo, reguladora del derecho de asociación, ley por la que también se rigen las Federaciones Asociativas (como la F.E.A), que no tienen nada que ver con las leyes por las que se rigen por ejemplo las Federaciones Deportivas (de ahí que la FEA no pueda tener por socios Clubes Deportivos, como es el caso de muchos grupos andaluces). Pese a llamarse así, vemos como en "Seccion" podemos introducir "Federaciones", lo que debería despejar cualquier duda al respecto.

Si recurrimos a la mencionada ley reguladora del derecho de asociación, en su artículo 3, apartado f, podremos leer lo siguiente:

«f. Las asociaciones podrán constituir federaciones, confederaciones o uniones, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos para la constitución de asociaciones, con acuerdo expreso de sus órganos competentes»

Donde vemos que una serie de asociaciones pueden constituir una federación, por lo que el término Asociación de asociaciones, que muchos usan por desconocimiento, no existe, no siendo eso mas que una asociación como cualquier otra, cuyos miembros son personas jurídicas (una asociación de asociaciones), pero que también podría tener personas físicas, o personas jurídicas que no fuesen asociaciones (empresas, clubes deportivos...), algo que no sucede con una Federación Asociativa.

Si ahora consultamos (hablando regionalmente, también sería valido lo siguiente a nivel nacional en otro órgano público de registro) los modelos orientativos para los estatutos de una Federación, facilitados por la web de la consejería de justicia y administración publica de la Junta de Andalucía, en su artículo 31, Adquisición de la condición de socio o socia, podremos leer lo siguiente:

«Solo podrán formar parte de la Federación, la Asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones competente y que estén interesadas en los fines de la Federación. »

Como podemos apreciar, y debido a que se deben regir por la ley 1/2002 de 22 de marzo antes mencionada, solo pueden ser socios de una Federación Asociativa, las asociaciones, y no otro tipo de personas físicas o jurídicas.

Otro término, cuanto menos inadecuado, es el de Federación real o Federación de verdad, otorgado a las Federaciones Deportivas, como si fuesen el único tipo de Federación que ampara el marco legal español, cuando no es así. Pretendo con esto dejar claro que el término “Federación”, no es solo aplicable a las federaciones deportivas, y que tal como he explicado, existen otro tipo de federaciones, tan “federación” como cualquier otra, y que la Federación Española de Airsoft, es eso, una Federación, pero no deportiva, si no Asociativa con entidad nacional.


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