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NotaPublicado: 30 Mar 2009, 23:50 
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Estimados airsofters, me gusta jugar al airsoft (MILSIM), es un juego y me lo paso bien. Juego con familiares.

Lo hacemos en una finca pequeña de una hectárea de superficie, privada, completamente vallada en su totalidad, y en la que nadie puede entrar sin mi conocimiento y permiso. Su interior está cubierto de las miradas del exterior por densa arboleda y edificios propios construidos en el interior del recinto.

Como podréis apreciar, en esta superficie no nos dá para nada más que para poder jugar a hacer cierta instrucción individual del combatiente, de escuadra y de pelotón (como mucho), tanto en instrucción de combate convencional, como en operaciones especiales y combate nocturno y urbano.

Complementamos nuestra formación referida a orientación, interpretación de objetivos en el terreno, enmarcaramiento, etc., a través de marchas por el campo sin los juguetes (réplicas).

He estado leyendo vuestros artículos del foro nuevo y quisiera habrir un debate sobre algunas de las autolimitaciones que os imponéis (al menos esto es lo que he interpretado) y os han comentado (Guardia Civil de la localidad).

Evidentemente estoy de acuerdo con que este juego debe estar completa y absolutamente regulado por ley, para evitar problemas de todo tipo, posiblemente muchos más de los que ya habéis identificado en varios artículos de los que os he leído.

En nuestro caso en particular, os aseguro que la formación y la disciplina de uso táctica, técnica y organizativa la he ido adecuando, según las edades, y llevado personalmente, desde hace algunos años, y con mis hijos en particular, desde que tienen uso de razón, por lo que desde incluso más pequeños hacen exactamente lo que hay que hacer preventivamente en el uso de juguetes de este tipo (ejecutan los mismos protocolos de uso que si se tratasen de armas verdaderas y son plenamente conscientes de la gravedad, respeto y el peligro que merecen). Como ejemplo, os comento que usamos gafas de combate reales en todo momento.

Si no recuerdo mal, en algún artículo decís que las réplicas son armas de 4ª categoría, no obstante cuando me envían una réplica y se importa a España, el despacho de nuestra aduana de entrada la califica como TOY (juguete) y, según el Reglamento de Armas, la aduana debe realizar estas importaciones con el conocimiento de la Guardia Civil (es decir, el servicio aduanero y la Guardia Civil lo hacen bien).

De todos modos, y si fuesen así, armas de 4 categoría, el artículo 96.6 del reglamento dice "Para llevar y usar armas de la categoría 4ª se necesita obtener tarjeta de armas".

Así mismo, en el artículo 105.4 dice que los solicitantes de la tarjeta de armas debería acreditar haber cumplido 14 años de edad, a cuyo efecto habrán de presentar D.N.I. o documento equivalente en vigor.

Por otro lado las tarjetas de armas pueden ser A o B, si es A ampara las armas de la categoría 4.1 y si es B, armas de la categoría 4.2, variando el número que se pueden tener de ellas y el tiempo de validez de la tarjeta.

Concluyendo:
- ¿podeis decirme por qué decís que son armas de la categoría 4ª, cuando en la aduana dicen que son juguetes?, personalmente creo que es de aplicación la definición de arma de aire comprimido, pero al ser un juguete y reconocerlo así en la aduana, existe ya antecedente legal en este sentido y dejaría sin efecto su regulación por la ley y reglamento de armas y explosivos, ya que no estaríamos hablando de un arma si no de un juguete.
- ¿podéis decirme donde se regula legalmente (legislación oficial) que un niño de 14 o más años no puede jugar al airsoft?, otro tema será que un menor de 18 años no juegue en vuestra asociación por decisión vuestra y posiblemente para no contrariar a los Guardias Civiles de la localidad y evitar problemas, pero este es otro asunto, no el legalmente establecido.

Tened en cuenta que las asociaciones que están proliferando de airsoft, se mueven en el marco que la ley define para las asociaciones, pero que yo sepa, no existe un órgano oficial competente en esta materia. Las federaciones actuales no dejan de ser un proyecto, y en el mejor de los casos otra asociación que pretende aglutinar otras asociaciones.

Lejos de querer ser negativo, este debate puede clarificar muchos aspectos y acostumbrarnos a leer las diferentes disposiciones legales que regulan nuestra vida en sociedad, apartándonos de ideas que, siendo loables, no corresponden con la realidad, aunque nos lo cuente la Guardia Civil, ella es la primera que cumple y hace cumplir la ley, las interpretaciones son cosa de la persona, aunque sea Guardia Civil.

Disculpadme por lo extenso de mi presentación, pero creo que será de interés para todos. Por cierto no tengo ningún problema en que me ilustréis con la legislación que contradiga lo que os he comentado, en definitiva lo que me gustaría es poder jugar sin el más mínimo problema y pasármelo bien sin la más mínima duda sobre la a-legalidad de este juego.

Un saludo a todos, por cierto, enhorabuena por vuestro club, vuestra web y vuestra gente, salvo algún comentario que no guarda las formas debidas, es muy buena y me gusta.


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NotaPublicado: 31 Mar 2009, 00:23 
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Ubicación: Jaén
Hola murcielago, soy xetty, presidente o representante del club, y persona que ha efectuado las visitas a la comandancia de la guardia civil, por lo que te respondo desde mi experiencia sin tener datos por escrito de ello.

murcielago escribió:
Estimados airsofters, me gusta jugar al airsoft (MILSIM), es un juego y me lo paso bien. Juego con familiares.

Lo hacemos en una finca pequeña de una hectárea de superficie, privada, completamente vallada en su totalidad, y en la que nadie puede entrar sin mi conocimiento y permiso. Su interior está cubierto de las miradas del exterior por densa arboleda y edificios propios construidos en el interior del recinto.

Como podréis apreciar, en esta superficie no nos dá para nada más que para poder jugar a hacer cierta instrucción individual del combatiente, de escuadra y de pelotón (como mucho), tanto en instrucción de combate convencional, como en operaciones especiales y combate nocturno y urbano.

Complementamos nuestra formación referida a orientación, interpretación de objetivos en el terreno, enmarcaramiento, etc., a través de marchas por el campo sin los juguetes (réplicas).

He estado leyendo vuestros artículos del foro nuevo y quisiera habrir un debate sobre algunas de las autolimitaciones que os imponéis (al menos esto es lo que he interpretado) y os han comentado (Guardia Civil de la localidad).

Evidentemente estoy de acuerdo con que este juego debe estar completa y absolutamente regulado por ley, para evitar problemas de todo tipo, posiblemente muchos más de los que ya habéis identificado en varios artículos de los que os he leído.

En nuestro caso en particular, os aseguro que la formación y la disciplina de uso táctica, técnica y organizativa la he ido adecuando, según las edades, y llevado personalmente, desde hace algunos años, y con mis hijos en particular, desde que tienen uso de razón, por lo que desde incluso más pequeños hacen exactamente lo que hay que hacer preventivamente en el uso de juguetes de este tipo (ejecutan los mismos protocolos de uso que si se tratasen de armas verdaderas y son plenamente conscientes de la gravedad, respeto y el peligro que merecen). Como ejemplo, os comento que usamos gafas de combate reales en todo momento.


Ojala todo el mundo actuase como tu y tus hijos, pero lo cierto es que no es asi, y hay menores sumamente responsables, pero también los hay sumamente irresponsables, y la ley en cuanto a considerar menor a un menor, no considera o evalua su madurez o protocolos de actuación en las diferentes materias, si no su edad, simple y llanamente, por lo que en este aspecto poco podemos hacer.

murcielago escribió:
Si no recuerdo mal, en algún artículo decís que las réplicas son armas de 4ª categoría, no obstante cuando me envían una réplica y se importa a España, el despacho de nuestra aduana de entrada la califica como TOY (juguete) y, según el Reglamento de Armas, la aduana debe realizar estas importaciones con el conocimiento de la Guardia Civil (es decir, el servicio aduanero y la Guardia Civil lo hacen bien).


No se donde has interpretado que hemos dich oque son armas de 4º categoria, pues no tengo constancia de ello, en todo caso lo que hemos dicho... es que la guardia civil nos ha indicado que sean armas de 4º categoria y con dudas...

Me explico, en la visita que realice a intervención de armas de guardia civil de jaén, comandancia provincial, llevando una replica de gas metalica, me indicaron que eso era un arma de 4º categoria, pero al ir a rellenar la tarjeta, no tienen muchas numero de serie, por lo que no sabrian que hacer, diciendome que eso es competencia del ayuntamiento que es quien te sella la tarjeta, y al parecer los cuales tienen potestad para adjudicar numero de serie (desconozco 100% este dato). En cuanto a replicas de airsoft AEG... dudan de que sean de 4º categoria por tener modo de disparo automatico (ya que la 4º categoria es para tiro semiautomatico o de repetición). Les remití incluso la partida arancelaria mediante la cual aduanas identifica nuestras réplicas, catalogandolas de "armas de juguete con mecanismo". Diciendome que esto pese a ser así, una vez en casa podría aplicarse otra consideración legal tratandolas como replicas de armas reales o asimiladas, estando prohibido sacarlas del domicilio. Alli mismo entre compañeros, incluso alguno me llegó a decir que para esto no hace falta nada, y otro en cambio me dio unas 30-40 tarjetas tarjetas de armas de 4º categoria para los socios, por lo tanto el criteroio de aduanas y guardia civil dista mucho de estar consensuado nacionalmente.

murcielago escribió:
De todos modos, y si fuesen así, armas de 4 categoría, el artículo 96.6 del reglamento dice "Para llevar y usar armas de la categoría 4ª se necesita obtener tarjeta de armas".

Así mismo, en el artículo 105.4 dice que los solicitantes de la tarjeta de armas debería acreditar haber cumplido 14 años de edad, a cuyo efecto habrán de presentar D.N.I. o documento equivalente en vigor.

Por otro lado las tarjetas de armas pueden ser A o B, si es A ampara las armas de la categoría 4.1 y si es B, armas de la categoría 4.2, variando el número que se pueden tener de ellas y el tiempo de validez de la tarjeta.

Concluyendo:
- ¿podeis decirme por qué decís que son armas de la categoría 4ª, cuando en la aduana dicen que son juguetes?, personalmente creo que es de aplicación la definición de arma de aire comprimido, pero al ser un juguete y reconocerlo así en la aduana, existe ya antecedente legal en este sentido y dejaría sin efecto su regulación por la ley y reglamento de armas y explosivos, ya que no estaríamos hablando de un arma si no de un juguete.


Si la aduana deja sin efecto la ley y reglamento de armas y explosivos, ¿porque un grupo de airsoft se enfrenta en noviembre de este año a un juicio por haberles requisado sus replicas de airsoft? esto lo puedes encontrar en los foros de la federación española de airsoft, les denunciaron, requisando las replicas y con multa correspondiente, al recurrir la denuncia, se han visto envueltos en un juicio por considerar la intervención de armas que el requisamiento esta bien efectuado y se puede proceder con él... Por tanto ojala el pretexto de las aduanas, fuese suficiente, pero lo cierto esque en caso de que lo sea... lo es a muy largo plazo y tras muchos tramites (como un juicio), y según que oficina o agente, incluso te pueden decir que son juguetes, pedirte tarjeta, o tarjeta de coleccionista, o directamente requisarte por ser asimiladas a armas reales y estar prohibida su circulación...

murcielago escribió:
- ¿podéis decirme donde se regula legalmente (legislación oficial) que un niño de 14 o más años no puede jugar al airsoft?, otro tema será que un menor de 18 años no juegue en vuestra asociación por decisión vuestra y posiblemente para no contrariar a los Guardias Civiles de la localidad y evitar problemas, pero este es otro asunto, no el legalmente establecido.

Tened en cuenta que las asociaciones que están proliferando de airsoft, se mueven en el marco que la ley define para las asociaciones, pero que yo sepa, no existe un órgano oficial competente en esta materia. Las federaciones actuales no dejan de ser un proyecto, y en el mejor de los casos otra asociación que pretende aglutinar otras asociaciones.


Por lo relativo a este debate, pues supongo que legalmente te bastará con +18 en muchas cajas o instrucciones, cosa que todo el mundo pasa por alto en infinidad de productos... además de la negación de las compañias de seguros a asegurarte con menores en la asociación, por la incapacidad de obrar (ya que no son responsables de sus actos legalmente). Estos me parecen 2 motivos de peso para no permitir la práctica del airsoft a menores de edad por muy bien que efectuen sus protocolos... ya que sin seguros, no tenemos permisos (a no ser que tengamos un socio terrateniente), y sin permisos, no hay actividad "legalizada".

por otro lado decirte en cuanto a "Las federaciones actuales no dejan de ser un proyecto, y en el mejor de los casos otra asociación que pretende aglutinar otras asociaciones" tan solo decirte que la Federación Española de Airsoft es una entidad legalmente inscrita en el Registro Nacional de Federaciones de España del Ministerio del Interior, con el Nº50778, siendo la única Federación Nacional de Asociaciones de Airsoft existente en el territorio nacional, por lo que no es una asociación tratando de aglutinar asociaciones, es una FEDERACIÓN con todas las de la ley. Esta Federación, tiene por postura oficial si no tengo mal entendido, y si he interpretado bien sus foros, el no considerar las replicas armas de 4º categoria, pues esto implicaria el usar armas, con lo que eso implicaria en caso de partes por lesiones (agredido con un arma o uso neigligente de un arma, con efectos penales), y además prohiben que ninguna de las asociaciones miembros tengan menores en sus filas por prohibir a estos la práctica del airsoft.

Ademas de como dices nuestro criterio personal como asociación, que es tan tajante y contundente como cualquier otro, por figurar este punto en nuestros estatutos, punto que te cito en ultimo lugar porque quiza sea para ti el mas subjetivo, pero un menor no es responsable de sus actos, y la actividad no solo entraña un riesgo por el material utilizado, si no también por el terreno, asi que a priori permitimos la entrada a gente responsable legalmente hablando.

Espero haberte contestado a tus dudas y haberte aclarado algun punto como el de las federaciones, un saludo.


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NotaPublicado: 31 Mar 2009, 03:51 
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la irgen xety, yo de mayor kiero parecerme a ti, ole ahi tu manera de hablar y te explicar las cosas...un placer k seas nuestro presidente!

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Nuestra mayor gloria no radica en no haber caido jamas, sino en habernos levantado despues de cada caida.


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NotaPublicado: 31 Mar 2009, 11:15 
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Primero darte la bienvenida Murcielago a nuestro foro.

En cuanto a lo que has dicho sobre la practica de menores, me gustaría añadir a los argumentos que ha dicho Xetty que el pasado año se realizó la primera reunión de clubs andaluces a la que acudieron varías personalidades de la guardia civil y dejaron bien claro que no se permitía el uso de replicas por menores de edad. Para mas argumentos sobre esto, te invito a que le eches un vistazo a este artículo: viewtopic.php?f=2&t=443

Me parece interesante que leas el articulo en el que explican claramente que la venta de replicas de airsoft esta prohibida a menores de edad y que se ha abierto un expediente al propietario de la tienda que vendió las replicas a los menores. El airsoft no esta legislado como tal ( que quede claro) , pero los productos de airsoft tienen un "18" como un demonio y cierta coletilla que indica que no se pueden vender a menores de 18 años. Es decir los productos de airsoft están PROHIBIDOS a menores de 18 años, al igual que el tabaco , las bebidas alcohólicas, o el porno. La ley que se aplica es la misma para airsoft que en los ejemplo que te pongo, lo menores no pueden comprar replicas ergo tampoco pueden tenerlas...ni tarjetas ni nada. Como te digo las replicas de airsoft las vemos como un producto y hasta que no haya una ley que regule este deporte, las replicas seguirán siendo un "producto aislado" cuya compra solo esta autorizada a mayores de edad.

Respecto al tema de 4 categoría creo que en ningún sitio del foro hemos calificado así nuestras replicas de airsoft, probablemente lo hayamos debatido pero no "aceptado". Pasamos por alto una cosa fundamental y es que con un arma "no se puede apuntar a otra persona" según la ley, imagínate la cantidad de delitos que estamos cometiendo en una partida de airsoft. Esta claro que la 4 categoría no agrupa las replicas de airsoft, ni nos interesa. Lo que si esta claro que si la autoridad de nuestra localidad nos pide que llevemos la tarjeta de armas de 4 categoría, así lo haremos, pues nuestra pretensión es colaborar en lo que ellos nos digan y aunque no tengan facultad para interpretar la ley, me parece un acto de buena fe cumplir con todos los requisitos que nos indiquen, aunque no este regulado en ningún sitio. En cada lugar tienen sus normas, unos piden el libro de coleccionista, otros piden la tarjeta de armas, la bocacha roja, maletas rígidas...diferentes cosas que no están legalmente respaldadas pero que para un guardia civil que te para en un control de carretera dice mucho. No es lo mismo llevar un m4 ,sin caja y sin nada, en el asiento de atrás del coche ( hay casos verídicos de esta situación) a que lleves tu replica bien guardada, documentada y con una actitud de colaboración.

Por cierto te corrijo en cierto comentario que haces sobre que el tema de las federaciones y asociaciones. En Andalucía el airsoft esta reconocido en el RAED como un deporte por tanto la unión de los clubs andaluces se puede hacer bajo la denominación de "federación deportiva".

Concluyendo:

Ley en mano y después de la experiencia de años de muchos airsofer por ver la mejor manera de llevar nuestro deporte es que :

Las replicas no están encuadradas en el reglamento de armas de ningún modo ( ni 4ª categoría ni nada).
Las replicas de airsoft por sus características NO pueden ser catalogadas como juguetes y así nos lo han hecho ver muchas veces las autoridades.
Como actividad alegal ( no ilegal) estamos sujetos a las interpretaciones que pueda dar la autoridad de turno de los reglamentos existentes para salir del paso. Por supuesto la aplicación e interpretación final solo puede ser hecha por un juez que será el que determine si el agente o el airsofer lleva razón.
Las replicas como producto tienen su venta restringida a mayores de 18 años, y así lo aplican los comercios que se dedican a su venta...otra cosa es que lo cumplan.
Si un menor no puede comprar una replica, no puede poseerla, por tanto usarla, y en consecuencia jugar al airsoft.

Saludos ;)

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NotaPublicado: 31 Mar 2009, 11:21 
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Registrado: 11 Nov 2008, 18:01
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el secretario tampoco parla mal eh seradom! este hilo casi que se merece irse un post fijo por la cantidad de cosas que aclara entre unos y otros.


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NotaPublicado: 03 Abr 2009, 22:56 
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Muchas gracias a Titón por tu bienvenida y contestación, así como al presidente XETTY por su contestación también. A SerADom, solo puedo decirle que también estoy de acuerdo con el en que XETTY habla muy bien.

Por cuestiones de tiempo, no he podido responderos antes, pues debo atenderos debidamente y en reciprocidad a vuestro tiempo que me habéis dedicado en las contestaciones, pues considero suficientemente interesante este debate para intentar aportar aspectos positivos.

XETTY, me dices que me hablas desde la experiencia y te aseguro que lo valoro y te lo agradezco también, pero echo de menos referencias legales, que al final son las que valen.
He notado cierta fijación en el tema de los menores, pero no me gustaría que “los árboles nos impidieran ver el horizonte”, me explico, el tema de los menores, si o no, en el juego es una última derivada del vacío legal en el que creo que se encuentra el airsoft en España.

Efectivamente, la mayoría de edad se obtiene a los 18 años, según el artículo 12 de nuestra Constitución y, contemplado también así con anterioridad en el Real Decreto-Ley 33/1978 de 16 de noviembre. Como no es objeto del presente debate dejaré sin profundizar en mayorías de edad a partir de los 14 años para determinados derechos según fueros recopilados en la Constitución cuando se hizo, concretamente para Navarra y Aragón.

Por un lado, los mayores de 14 años pueden tener armas de las categorías 4.1 y 4.2, según el artículo 105.4 del Reglamento de Armas.

El artículo 109 del Reglamento reconoce el derecho del mayor de 14 años a usar, tener, etc., armas de las categorías 3.1 y 3.3 para eventos deportivos y de la cat., 3.2 para la caza.

Como comenté en mi presentación, y por leer rápido y sin reseñar vuestros artículos del foro u otro lugar de la web, maticé que “si no recuerdo mal”, ya que en algún sitio me pareció leerlo y así lo interpreté. Cuestión ésta que también os prevenía de mi entender, cuando os dije “al menos esto es lo que he interpretado” y finalmente os adelanté que “no tengo ningún problema en que me ilustréis con la legislación”, así que creo que no hace falta, ni creo que sea positivo ser tan sensibles, aunque si os he molestado en algo, de verdad que lo lamento, no era ni es mi intención, sino todo lo contrario. De todos modos, si no consideráis positiva la aportación que intento ofrecer, decídmelo así y no vuelvo a “molestaros”, eso sí, en este último caso y para que no queden “malos rollos” a la vista de cualquiera, enviádmelo a mi cuenta de correo que ya tenéis.

En el artículo 147.b del Reglamento, se prohíbe usar auriculares o cascos conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, por lo que tampoco podríamos usar los auriculares conectados con nuestros transceptores personales mientras jugamos.

Tampoco se puede grabar en vídeo mientras se juega con las réplicas, si es que se consideran como armas, salvo que se inutilizaran, según nos dice el artículo 153 del Reglamento.

Así que si se consideran armas, del régimen sancionador del reglamento, mejor ni hablo.

Decís que la Guardia Civil os ha indicado y con dudas, que son armas de 4ª categoría.

También me comentáis que al no tener número del arma debe ser el Ayuntamiento el que ponga el número, o eso he entendido, pues bien, los números de las armas deben de ponerlas los bancos y las fábricas de armas, según legislación específica que lo regula, por lo que los ayuntamientos no tienen competencias para ello, otra cosa será que un ayuntamiento en particular y para identificar un arma no numerada le asigne el número que considere, pero yo que ellos la depositaría en la Intervención de Armas, para identificación de su origen, tenencia, posibles antecedentes y su troquelado pertinente en la fábrica que corresponda (banco). Por ejemplo, incluso todas las armas de aire comprimido (balines) tienen su número de serie.

Me preguntáis el por qué se enfrenta un grupo de airsofter a un juicio, pero para poder responderos necesitaría informarme de los términos de la denuncia y las diligencias de los hechos que se instruyeron y del acta de intervención, pero lo que he deducido de vuestra pregunta es que esos hechos, quien los está considerando es la Intervención de Armas de la Guardia Civil de la localidad correspondiente, lo que me da a pensar que está considerando las réplicas como armas y como se dicte sentencia en este sentido, se estará creando jurisprudencia y esto así como lo estoy viendo no ayuda para conseguir jugar al airsoft.

Lo que me decís sobre si debería bastarme que una caja de una réplica ponga +18, no me dice nada, pues al final lo único que vale es la legislación en vigor.

En cuanto a las compañías de seguros, que no aseguran a un mayor de 14 años, os debo decir lo siguiente, si eso pasa será por que nadie les ha presionado, pues si que aseguran a este mismo menor, para cazar y creo que estaréis de acuerdo conmigo en que es más peligroso.

Me alegro que haya una Federación de airsoft, solo que si está funcionando habrá que pedirle que nos informen sobre la legislación a aplicar, pues intrínsecamente al ser federación legalmente constituida se ha reconocido la práctica del airsoft ¿no?. De todos modos, si esta Federación está legalmente reconocida, supongo que con todos sus derechos y obligaciones, y no considera armas de 4ª categoría a las réplicas, será por que tiene amparo jurídico para ello ¿no?, por que de no ser así no pasará de ser una opinión o postura oficial de esta Federación, lo que me empuja a contra-preguntaros ¿si es como dice la propia Federación, por que tiene un juicio un grupo de airsofter?, después de esto estoy seguro que me he perdido algo, porque no acabo de entenderlo.

Además esta Federación, según me decís, prohíbe jugar a mayores de 14 años y menores de 18 años, lo prohíbe a los mismos que pueden cazar legalmente y utilizar armas mucho más peligrosas que las réplicas regulados adecuadamente, con autorización paterna, con atención constante del menor, etc., pero pueden cazar. Tengo la sensación de que no estamos aplicando el sentido común en algún sitio, no solo por el material utilizado, sino por el terreno, que supongo que no tiene por qué ser diferente que al de la caza.

Leí con anterioridad, a la invitación de Titón, el artículo recomendado y los dos artículos periodísticos que también proponía y no he encontrado ninguna referencia a legislación aplicable que ampara las opiniones que se vierten en todo el artículo.

Como opinión está todo muy bien y puedo comprender lo de prohibir jugar a menores, pero supongo que me entenderéis si digo que, legalmente esto no está regulado y por tanto da lugar a opinar y, por tanto a respetarse. Evidentemente respeto que por normas del club o asociación no se deje jugar a menores.

La Guardia Civil habrá abierto el expediente a esa tienda por vender “ese producto”, pero ¿Cómo denominó ese producto para encontrarlo en la legislación por la que propone la sanción?, será interesante saberlo y clarificará mucho esta cuestión.

Tampoco creo que sean comparables las prohibiciones a los menores de 18 años del airsoft, con prohibiciones por temas de tabaco, bebidas y porno, como me comenta Titón. Por ejemplo, un mayor de 14 años puede cazar bajo la supervisión en todo momento y autorización de su padre y no pasa nada, está previsto en nuestra legislación.

Pero si un padre permite fumar al menor, beber alcohol o participar de algún modo en el porno, estaría cometiendo posiblemente un delito tipificado en nuestras leyes. Es decir, os invito a que tengamos cuidado en las comparaciones, pues todo no es igual ni todo dá lo mismo.

Titón me dices que si la Guardia Civil de la localidad le pide que lleve la tarjeta de armas de 4ª categoría, que así lo haréis, pues pretendes colaborar con ellos en lo que os digan, aunque no tengan facultad para interpretar la Ley y te parece un acto de buena fe cumplir con los requisitos que la Guardia Civil diga, aunque no esté regulado en ningún sitio y que en cada sitio tienen sus normas.

Titón, sobre lo que me dices, tengo que prevenirme, pues si la Guardia Civil te pide que lleves la tarjeta de 4ª categoría, estoy seguro que esto no te lo dice por escrito. Si haces caso tampoco podrás apuntar a nadie con un arma y si pasa algún accidente, Dios no lo quiera, estamos en el ámbito de lo penal y los seguros solo llegan al ámbito de lo civil, por lo que te quedarías “en fuera de juego” y posiblemente solo, pues no creo que la Guardia Civil dijese a posteriori que te exigiera la tarjeta de 4ª categoría, lo que si te va a exigir es que trates el arma como lo que has reconocido que sea un arma de 4ª categoría.

Sobre que en cada sitio tienen sus normas, no puedo estar de acuerdo pues TODOS LOS ESPAÑOLES SOMOS IGUALES ANTE LA LEY (CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA), otra cosa es lo que vemos todos los días en los medios de comunicación, parlamentos autonómicos que no acatan sentencias de tribunales de justicia, competencias autonómicas sacadas de todo contexto, y un sin fin de “sin sentidos” que me permitiréis que no siga comentándolos aquí por estar fuera del ámbito que nos ocupa, pero que, al final, estoy seguro que cada cosa estará en su sitio, la Administración puede ser lenta pero os aseguro que es implacable.

Por resumir:
- Dada la profundidad del tema tratado en este foro, creo que sería mejor que implicásemos a los profesionales del derecho que, estoy seguro asesorarán a esa federación ya reconocida y con la que supongo ya estarán ayudando. Creo sinceramente que la dedicación que deberíamos tener para avanzar en los temas tratados aquí, sería desproporcionada con el ámbito del foro, pero vosotros me diréis.
- De verdad, que si he molestado a alguien que me lo diga, por que no es esa mi intención y estoy seguro que hablando nos entendemos.
- Tened en cuenta que, como ciudadanos, somos administrados, no administradores, por lo que si las autoridades no catalogan las réplicas como armas de 4ª categoría ni como juguetes, habrá que hacer una pregunta vinculante a la Administración para que nos digan que es lo que son.
- Supongo que al reconocer la Junta de Andalucía el airsoft como deporte, tiene que definir que es una réplica, que es con lo que se juega ¿o es que vamos a jugar sin réplicas?

Bueno, por cuestiones de trabajo sigo sin saber si pasaré por Jaén esta Semana Santa, si fuere así os lo diría por si os apeteciese conocernos personalmente.

Un saludo a todos y enhorabuena por vuestro club, interés y afición.

Post date.- Por cierto si algún día me invitaseis y pudiese ir a jugar con vosotros, ¿Cómo debería amparar legalmente mi réplica?, ¿Cómo las tenéis vosotros las vuestras?, ¿la Guardia Civil de Jaén os pide la tarjeta de la 4ª categoría?


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NotaPublicado: 04 Abr 2009, 00:09 
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Una respuesta muy extensa, pero sin duda interesante Murcielago.

Me gustaría destacar y hablo en nombre de mis compañeros cuando te digo que tus observaciones y opiniones acerca de la situación legal o mejor dicho alegal del arisoft no nos molestan en absoluto.

En cuanto a todos los argumentos legales que expresas en tu post, tengo que decirte que este tema lleva muchos años discutiéndose desde foros que tienen mas de 10 años de antigüedad y de grupos de airsoft pioneros en España. Por desgracia, y creo que estaremos de acuerdo en esto, las leyes no son infalibles y cuando surge la situación como la del airsoft ( fenómeno en estos últimos años) nos damos cuenta que la situación no se encuadra en el reglamento de armas vigente y se hace necesaria una reforma.

Por eso te puedo asegurar y darte una serie de conclusiones que han sido manifestadas por los airsofer durante todos estos años:

Las replicas de airsoft no son armas, ni son juguetes, ley en mano no reúnen los requisitos de ninguna de las dos categorías. Tal vez la categoría en la que mejor se encuadran son en la de "replicas de armas reales" y por eso SOLO SE PUEDEN TENER EN EL PROPIO DOMICILIO. Esta situación es la que trae a los airsofers de cabeza pues el uso de una replica dentro de una propiedad privada no tiene ningún problema ( siempre y cuando no de lugar a ningún tipo de alarma social) pero ¿ que pasa cuando las transportamos a nuestro terreno de juego y nos para un guardia civil? este es otro cantar y ya te puedes encontrar en la interpretación particular de la autoridad con las consecuencias que eso conlleve.
En cuanto a la mayoría de edad, solo puedo decirte lo que hay, es cierto que no he encontrado unas referencias legislativas que argumenten dicha prohibición, tal vez no he buscado bien, como sabes las leyes se solapan unas con otras y tal vez haya que irse leyes que regulen la fabricación de ciertos productos mucho mas concreta. Pero esta claro que los fabricantes advierten su prohibición para menores de 18 años, y en el articulo que he puesto, las mismas autoridades sancionan a la tienda que vendió las replica a menores por tanto en algún argumento legal debe de existir cuando se toman medidas sancionadoras. Ten en cuenta que las respuesta no la vas a encontrar, por ahora, en el actual reglamento de armas.

Por ultimo te puedo decir que si nos ponemos ley en mano veremos que hay muchísimas contradicciones dentro del mundo del airsoft, toda la comunidad de airsoft nos echamos las manos a la cabeza cuando sabemos perfectamente que se permite el transporte y el uso de armas reales y con alto poder lesivo a menores de edad. No podemos entender como un juguete accionado por pilas y un muelle puede ser tratado de igual manera que una escopeta de caza o un arco de competición, en muchas interpretaciones de la ley y de las autoridades. Hecha la ley hecha la trampa, esta claro que los legisladores de nuestro país no tuvieron en cuenta estas replicas a la hora de legislar o no le interesó hacerlo. En este tipo de cosas hay muchos intereses de tipo económico, y esta claro que la administración de nuestro país no tiene mucho interés en regular un deporte/hobby que no deja dinero o compensa económicamente. No es comparable con el dinero que mueve la caza y los cotos, sin mencionar la cantidad de gente que esta en el poder y que comulga con este tipo de practicas. Esta por supuesto es una apreciación personal mía que no creo que vaya muy mal encaminada.

Como te he dicho hemos mantenido relaciones con las autoridades, y nos han indicado de forma expresa que los menores de edad no pueden practicar esta replica...razones legales, seguro que las tienen y probablemente en esta situación haya un transfondo de opinión social que a mi parecer personal es mucho mas poderoso que cualquier ley, hoy en día, y por desgracia en España.

Por cierto me gustaría que no se sacará lo que yo dije de contexto, en cuanto a lo de la tarjeta de armas de 4 categoría. En mi post anterior he dicho que si la guardia civil nos recomienda llevar la tarjeta de armas de 4 categoría, así lo haremos. Esto es asi porque la situación actual así lo requiere, tenemos que amoldarnos a las buenas relaciones con las autoridades pues no hay ley que nos ampara, pero si un transfodo legislativo obsoleto que puede dejarnos desamparados según las interpretaciones y situaciones concretas que se tercien.

En conclusión y respondiendo a tu pregunta, nosotros solemos tener un protocolo de trasporte que esta indicado en nuestra normativa ( puesta en la web para todo el que quiera verla), eso es todo. Hasta el día de hoy no hemos tenido problemas con las autoridades, y a muchos nos han parado en controles de carretera y nos han venido a visitar en medio de una partida. Lo único que esta demostrado que vale es una actitud de transparencia y colaboración con las autoridades, ponerse un poco en el lugar del agente de turno que abre un maletero y se encuentra maletas llenas de lo que parece ser un arsenal letal.

Me gustaría hacer dos últimos apuntes sobre dos cosas que has dicho:

Citar:
Lo que me decís sobre si debería bastarme que una caja de una réplica ponga +18, no me dice nada, pues al final lo único que vale es la legislación en vigor.

No se a que te refieres con legislación en vigor pero te voy a poner un ejemplo muy ilustrativo: Resulta que un padre le compra a su hijo de 3 años un juguete de construcción para mayores de 5 años, de hecho en la misma caja viene una recomendación expresa indicando que ese juguete es para niños mayores de 5 años. Por desgracia el niño se atraganta con una de las piezas pequeñas del juego con consecuencias nefastas. Si esto sucediera con un juguete que no tiene ningún tipo de edad mínima indicada por el fabricante , estoy seguro que dicho progenitor hubiese ido a por la empresa que ha diseñado el juguete y se empezaría de hablar de indemnizaciones y de irregularidades en la empresa, juicios por vía penal...etc. En este caso concreto, en el que la caja indicaba claramente la edad, probablemente las autoridades hubiesen abierto investigaciones y no hubiera sido nada difícil que el padre recibiera una buena reprimenda legalmente hablando, con acusaciones como negligencia o incluso maltrato al menor.

Por tanto para mi lo que pueda suceder o dejar de suceder a un menor cuando usa un producto indicado expresamente con +18 es mas que suficiente para reconocer que tras esa indicación puede haber consecuencias legales como las que te he descrito.

El ultimo apunte es comentarte que desde la federacion que te indicamos y otros grupos que se estan uniendo para hacer presión, ya se han mantenido reuniones y se han mandado borradores al ICAE para que se tengan en cuenta las replicas de airsoft en el nuevo reglamento de armas que se esta elborando y que segun mis fuentes, tendremos el borrador para finales de este año. Dicha federación tiene abogados encargados de la parte legal que ademas asesoran a los grupos en materia concerniente a permisos, denuncias y requisamientos. Lo que quiero decir es que tanto Xetty como yo somos dos humildes jugadores que desde nuestra posición en la directiva tratamos de estar al loro de todo lo que sucede y se opina en el mundo del airsoft para llevar al mejor puerto posible las gestiones de nuestro club. ;)

Saludos Murcielago y por supuesto te invito a que vengas a jugar para conocerlo, tan solo apúntate en el hilo correspondiente...siempre que seas mayor de edad, claro está :lol: cervezas:)

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NotaPublicado: 04 Abr 2009, 18:02 
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Registrado: 30 Mar 2009, 22:30
Mensajes: 3
Muchas gracias Titón por tu respuesta.

Me alegro que las cosas vayan consiguiéndose y haciéndose sin problemas y menos con las autoridades, con las que hay que colaborar e incluso ayudar en todo lo que podamos, comprendiéndoles y poniendo a su disposición nuestro conocimiento para que puedan elevar sus informes de la mejor forma posible.

Solo por opinar sobre el ejemplo del padre que le compra un juguete para mayores de 5 años a su hijo de 3 y este se atraganta (con el juguete), pienso que por un lado existe legislación sobre juguetes que delimitan el uso de cada juguete según la edad (eso es como es y yá está), pero la responsablidad es del padre y de nadie más, pues es quien debería haber cuidado de que su hijo no pueda acceder a ese juguete al que no debe tener acceso, según normativa correspondiente. Pienso que si dejo a mi hijo pequeñito cerca de una piscina y no estamos CONSTANTEMENTE pendiente de el, en cualquier momento puede ahogarse en la piscina, y si pasese eso, sería mi responsabilidad, no de que haya una piscina. Como padre, me parecerá muy bien que la piscina esté vallada, tenga carteles de precaución y lo que queramos, pero la responsabilidad del cuidado de mi hijo es solo mía o de mi esposa.

Gracias a Dios y hasta ahora, nos ha salido bien, en casa hemos procurado SIEMPRE tener exquisito cuidado con los peligros potenciales que EN CADA MOMENTO hayan podido tener cada uno de nuestros hijos, ya se que es casi imposible poder garantizar esto que estoy diciendo, pero te aseguro que SIEMPRE lo hemos procurado con mayor o menor éxito, claro está que hay que estar SIEMPRE pendiente del niño, no distraerse con los amigos u otros familiares, distraerse con la televisión u otra diversión, conversación, barbacoa, etc. Son algunas de las renuncias que se hacen cuando eres padre, y que haces gustosamente, con ilusión y cariño, pese a las fatigas, apetencias del momento, etc.

Lo dicho, en cuanto prevea pasarme por Jaén os aviso por si podemos vernos o incluso jugar (según el procedimiento previsto), por lo de mi edad no te preocupes, ya casi no me acuerdo de cuando fuí menor. Eso si, me gusta jugar igual o mas que cuando era niño.

Por supuesto que si necesitáis cualquier cosa, por favor decídmelo y haré todo lo posible por ayudar, de momento tengo poco tiempo para mi, pero siempre hay huecos.

La buena noticia, como me comentas, es que igual tenemos regulación legal a últimos de año, esperemos que se pueda jugar correctamente y con la seriedad que requiere este juego.

Además de los problemas que se pueden tener ahora para catalogar las réplicas, ya que ni son armas ni son juguetes, al considerarlas "réplicas de armas reales", habrá que ver como se soluciona el hecho actual de que estas réplicas tengan que estar "inutilizadas".

Bueno, espero que llegue a buen puerto todo esto y se pueda jugar con todas las garantías de la Ley, nos lo pasemos fenomenalmente bien y además, hagamos deporte, ejercicio sano, en el campo al aire libre, haciendo amigos, etc.


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NotaPublicado: 04 Abr 2009, 18:34 
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Registrado: 17 Nov 2008, 09:27
Mensajes: 2812
Ubicación: Linares
Sin duda compartimos la misma pretensión Murcielago, ojala y dentro de poco podamos jugar con total tranquilidad a este deporte.

Siempre es un placer debatir y compartir impresiones con gente tan correcta como tu, tanto por la calidad de tus respuestas como la educación con la que planteas las mismas. a_tus_pies

Un saludos y ya sabes que esta es tu casa para los aportes que puedas realizar o dudas que puedas plantear. ;)

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NotaPublicado: 04 Abr 2009, 20:06 
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Registrado: 14 Nov 2008, 16:22
Mensajes: 1124
Bienvenido Murcielago.
Para nada has molestado ha nadie, el debate siempre es bueno, y mas aun si es de una manera civilizada y con buenos argumentos ;)
A ver si nos vemos en el terreno de juego y compartimos unos bolazos.
Un saludo.

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